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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349971
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1246
PRUEBAS, NATURALEZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 1246
El hecho de que una prueba conste en una copia certificada o figure en una actuación judicial, no puede tener como resultado que se cambie la naturaleza de esa prueba, porque de lo contrario, se llegaría al absurdo de transformar los elementos de que está constituida. Por tanto, la circunstancia de que una información testimonial conste en la copia certificada de una actuación judicial, no desvirtúa su naturaleza ni le da el carácter de instrumento público, y si esa información testimonial no se recibió con citación contraria, es claro que no pudo producir efecto alguno, como prueba en el juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 7478/40. López José Angel. 17 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.