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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 349999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2184
HOJALATERIA DE AUTOMOVILES, PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA ORDEN PARA QUE SE DEJEN DE HACER TRABAJOS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2184
Procede la medida contra la ejecución del acuerdo que previene que el quejoso suspenda sus trabajos de hojalatería, porque no se trata de una medida tendiente a proteger la salubridad pública, porque la ejecución de la orden dada al quejoso para que suspenda sus trabajos de hojalatería en su taller, no puede sostenerse que sea una medida tendiente a proteger la salubridad pública.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1919/44. Medina Cristóbal. 28 de julio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Alfonso Francisco Ramírez.