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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350001
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2193
QUEJA, SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO EN EL AMPARO, POR LA INTERPOSICION DEL RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 2193
De conformidad con el artículo 101 de la Ley de Amparo, sólo la interposición del recurso de queja a que se refiere el artículo 95, fracción, VI, de la propia ley, suspende el procedimiento en el juicio de garantías, y no el simple anuncio de que se hará valer ese recurso.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5305/42. Aceves Antonio. 28 de julio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.