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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350070
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3791
FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3791
El Código de Comercio no contiene disposición alguna sobre el valor probatorio de las facturas, probablemente por haberse expedido en una época en que no se había generalizado el uso de esos documentos por los comerciantes. La jurisprudencia de la Corte, basada exclusivamente en las reglas del mencionado código, sobre el valor de la prueba documental privada, no hizo más que desarrollar los principios del propio ordenamiento, sin establecer nuevas bases, a fin de permitir a los Jueces estimar, desde mejor punto de vista, el valor probatorio de las facturas; pero en la actualidad hay un conjunto de reglas tomadas de otros cuerpos legales (Reglamento de la Ley del Timbre y Código de Procedimientos Civiles de Michoacán), que permiten asignar a las facturas presentadas en juicio, un valor probatorio que les es propio. Ahora bien, si se adoptan esas reglas y si tienen en cuenta que de acuerdo con las leyes fiscales, la factura que reúne los requisitos que las mismas señalan, hace prueba de la compraventa a que se refiere, debe concluirse que la factura extendida en tales condiciones y presentada como prueba, con citación contraria por una de las partes, hace fe en juicio aunque no proceda del colitigante, siempre que no sea objetada válidamente.
Precedentes
Amparo civil directo 133/42. Ramírez Francisco. 19 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.