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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350073
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3811
PRUEBAS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA ADMISION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3811
El juicio de garantías es notoriamente improcedente contra el auto que admite una prueba ofrecida por la contraparte del quejoso, porque dicho auto no causa agravio irreparable al agraviado, ya que éste tiene defensas que oponerle dentro del procedimiento, y por otra parte, al admitirse una prueba, no se hace la calificación de la misma, ya que eso corresponde a la sentencia de fondo que se pronuncie en el juicio.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 5307/44. Escobedo Sonia. 19 de agosto de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.