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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350074
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3865
ASOCIACIONES EN PARTICIPACION, CONSTITUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 3865
Según el artículo 98 del Código de Comercio, las asociaciones en participación a que se refiere el artículo 270 del mismo código, no están sujetas en su constitución, a formalidad externa alguna, sin que les sean aplicables los artículos 93, 95, 96 y 97 del propio ordenamiento. Por tanto, la minuta de contrato mediante la cual se haya constituido una asociación en participación, debe considerarse perfectamente válida, y no son atendibles las objeciones hechas a dicho documento, basadas en la ausencia de formalidades para la constitución de la asociación.
Precedentes
Amparo civil directo 5569/43. Cortina Rafael. 21 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.