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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4707
NAVES, TRASLACION DE DOMINIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 4707
Los términos del artículo 641 del Código de Comercio Marítimo, están indicando que la traslación de la nave, para ser válida, no requiere una forma especial, sino que se puede hacer constar de diversos modos, y lo único que se necesita es que esa traslación de dominio conste por escritura pública, o por póliza ante corredor.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4255/44. Cuevas Granados Sotero. 30 de agosto de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.