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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
350128
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5058

ALBACEA, EL EJERCICIO DE LAS FUNCIONES DEL, NO REQUIERE LA CONFIRMACION, RATIFICACION O DISCERNIMIENTO DEL CARGO, POR LA AUTORIDAD JUDICIAL (LEGISLACION DE COAHUILA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXI; Pág. 5058

Precedentes

Amparo civil directo 6321/42. Villarreal Andrés. 5 de septiembre de 1944. Mayoría de tres votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 350128