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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 612
INSPECCION JUDICIAL, PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 612
La prueba de inspección judicial llevada a cabo sin intervención de peritos técnicos, cuando ésta es necesaria, no hace prueba plena, aplicando contrario sensu, el artículo 418 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo civil directo 5981/40. Mayor Manuel. 14 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.