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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1095
ADMINISTRADORES, CUENTAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1095
En caso de litigio, el administrador está obligado a rendir las pruebas o justificantes relativos, en el momento de presentar su cuenta, para que la parte contraria pueda estudiarla y objetarla en su caso, por lo que el hecho de que se rindan informes anteriores o pruebas periciales, acerca de lo correcto de una contabilidad, no es suficiente para justificar la cuenta rendida.
Precedentes
Amparo civil directo 8603/41. Fernández Luis. 21 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.