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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1117
EMPLAZAMIENTO E INTERVENCIONES EN EL JUICIO, FALTA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1117
Siempre que la demanda de amparo se refiera a un procedimiento seguido a espaldas del quejoso, en el que no pudo éste tener participación, ni defensa alguna, el caso está comprendido en la fracción IX del artículo 107 constitucional, por más que el indicado procedimiento haya culminado en la sentencia definitiva, que a su vez hubiera podido admitir el recurso de apelación, pues lo que se reclama no es precisamente la indicada sentencia, sino la falta de las defensas que el quejoso pudo ejercitar, para que dicha sentencia no fuese contraria a sus intereses.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 2330/44. Cooperativa "Transportes Frontera", S. C. L. 22 de abril de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.