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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350211
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1700
SUBROGACION, EFECTOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 1700
La subrogación en los derechos de una de las partes en un juicio, no produce cambio de situación jurídica en el procedimiento, ya que sólo se sustituye a una persona por otra; máxime, si contra la resolución que reconoció como subrogatoria a una de las partes, se interpone apelación y ésta aun no se resuelve.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3275/42. Escuela de Artes y Oficios H. Mass. 26 de abril de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.