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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350222
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2015
HIPOTECA EN CASO DE AFECTACIONES AGRARIAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2015
El deudor hipotecario de una finca sujeta a afectación agraria, únicamente, puede ser condenado al pago de la parte proporcional del crédito del actor, en relación con las afectaciones agrarias en la finca hipotecada, dejando la sentencia a salvo de los derechos del actor, para ejercitar su acción personal, sobre la indemnización correspondiente a la afectación, de acuerdo exactamente con lo dispuesto por el artículo 175 del Código Agrario de mil novecientos treinta y cuatro.
Precedentes
Amparo civil directo 7540/42. Bracamonte Francisca. 2 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.