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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2607
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD, ANOTACIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 2607
No por el hecho de que el director del Registro Público de la Propiedad informe que aún no lleva a cabo las anotaciones correspondientes, en los términos que se le indicaron en el auto reclamado, deben considerarse inexistentes los actos que se hicieron consistir en esa anotaciones; porque del informe justificado por aquel funcionario se desprende que aun cuando todavía no se ejecutan esos actos, están en vía de ejecutarse, una vez que se obtengan los datos necesarios, y en tales circunstancias, los propios actos deben tenerse como existentes, puesto que de ninguna manera se niega que sean ciertos, debiendo entrarse al estudio de constitucionalidad, revocándose en este aspecto, por infundada, la resolución de sobreseimiento dictada por el Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4545/34. Olavarría Concepción. 11 de mayo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Bartlett B. Relator: Gabino Fraga.