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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350270
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3035
CONVENIOS JUDICIALES, NULIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 3035
El convenio que pone fin al juicio, equivale a una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por lo que no puede ser atacado de nulidad por medio de un incidente, y sólo puede impugnarse haciendo uso de los recursos que concede la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1019/44. Trápaga viuda de Meade Joaquina S. 9 de junio de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.