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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350316
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4123
COSA JUZGADA
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4123
Para que exista la cosa juzgada, es de todo punto indispensable que haya identidad de objeto, de causa y de partes. El alcance exacto de la cosa juzgada, lo definen los puntos resolutivos de la sentencia, y no las razones en que esa misma sentencia se haya apoyado.
Precedentes
Amparo civil directo 49/44. Cerpa Reginalda, sucesión de. 26 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.