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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350326
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4183
MENORES, GUARDA DE LOS (DERECHOS DE LA MADRE).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4183
Mientras no se resuelva en forma definitiva sobre la patria potestad de un menor, no es posible privar a la madre del derecho que tiene de guardarlo, y por ende, de recibir la pensión alimenticia que sea necesaria para las necesidades del mismo; tanto más, si en el caso se ha concedido la suspensión a la citada quejosa, en un amparo anterior, pues mientras se decida dicho juicio, debe mantenerse a la quejosa en esa situación, mientras se falla el asunto en lo principal, y sin necesidad de que se otorgue fianza, puesto que la pensión alimenticia está destinada a satisfacer las exigencias del citado menor, de acuerdo con la obligación que la ley impone al padre.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2861/44. Hernández Oscar. 26 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.