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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4415
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4415
Concedida la protección constitucional por estimarse procedente una violación procesal, para el efecto de que se reponga el procedimiento en el juicio que motivó el amparo, no hay lugar a estudiar violaciones procesales posteriores, por quedar éstas comprendidas dentro del procedimiento que tiene que reponerse.
Precedentes
Amparo civil directo 7324/43. Montoya Andrés C. 28 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.