Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/350341
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350341
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4703
REVOCACION EN MATERIA MERCANTIL, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4703
El artículo 1340 del Código de Comercio, que limita el recurso de apelación a los asuntos mayores de un mil pesos, no afecta en nada a lo que prescribe el artículo 1334 del mismo código, que al establecer el recurso de revocación, lo admite contra autos y decretos no apelables, sin distinción alguna sobre cuantía del interés que se ventile.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 3592/44. Olvera Guillermo. 30 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Nicéforo Guerrero. La publicación no menciona el nombre del ponente.