Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/350342
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4714
ESTADO CIVIL, RESOLUCION EN MATERIA DE (TUTELA E INTERDICCION).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXX; Pág. 4714
Las resoluciones pronunciadas en asuntos de estado civil, como son la tutela, y consiguientemente, los de interdicción producen efectos erga omnes, y por lo mismo, aprovechan o perjudican aun a los que no litigaron.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 2888/44. Lara de Castelán Esperanza y coagraviados. 30 de junio de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.