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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350372
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1433
COMPRAVENTA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1433
Este contrato es eminentemente consensual y tratándose de bienes inmuebles, se requiere, para su existencia, que se otorgue ante testigos, cuando su monto llegue hasta cinco mil pesos, y si es mayor de esa cantidad, ante notario público. Esas formalidades se deben a que, ya sean los testigos o el notario autorizante, se cercioren de la voluntad y capacidad legal de los contratantes, y en la mayoría de las ocasiones, por virtud de la compraventa, se opera la traslación de dominio, salvo que la venta esté sujeta a condición.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8137/41. Fernández Carlos Jr. 20 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: José María Mendoza Pardo.