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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1861
CONTESTACION DE LA DEMANDA, CONFESION FICTA EN CASO DE FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 1861
La parte final del artículo 271 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, es clara y terminante al establecer que se tendrán por confesados los hechos de la demanda que se dejó de contestar, y por lo mismo, en tal caso, es innecesaria cualquiera otra prueba demostrativa de la acción ejercitada.
Precedentes
Amparo civil directo 262/42. "Cajas y Envases", S. A. 26 de enero de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.