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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4212
NOTIFICACIONES IRREGULARES (CONCEPTOS DE VIOLACION DEFICIENTES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4212
Debe desestimarse el concepto de violación en que el quejoso reclame que las notificaciones no se hicieron conforme a la ley, si no precisa cuáles fueron esas notificaciones indebidamente hechas.
Precedentes
Amparo civil directo 918/43. Villagrán Consuelo. 25 de febrero de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.