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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350473
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4628
LIQUIDACION DE SENTENCIA, INCIDENTES DE (LEGISLACION DE QUERETARO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4628
El artículo 747 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro se refiere al procedimiento de ejecución en general, y no a los incidentes de liquidación de sentencia, cuya completa sustanciación está prevista por el artículo 746 del código citado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2996/42. Muñúzuri José. 1o. de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe de J. Tena. La publicación no menciona el nombre del ponente.