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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4628
PRUEBA PERICIAL, DESECHAMIENTO DE LA (LEGISLACION DE QUERETARO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 4628
La resolución que desecha la prueba pericial ofrecida por la parte demandada, en el incidente de liquidación de sentencia, no admite otro recurso que el de responsabilidad, de acuerdo con el artículo 751 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2996/42. Muñúzuri José. 1o. de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente:Felipe de J. Tena. La publicación no menciona el nombre del ponente.