Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/350496
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5195
DIVORCIO, NATURALEZA DE LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5195
El artículo 146 de la Ley de Amparo, establece que cuando el promovente no llene los requisitos omitidos, no hiciere las declaraciones conducentes, o no presentare las copias dentro del término señalado, en una palabra, no cumpla con la prevención ordenada por el Juez de Distrito, se decrete que la demanda se tiene por no interpuesta, pero sólo cuando el acto reclamado afecte nada más a los derechos patrimoniales del quejoso, y no cuando afecte intereses que no sean exclusivos de éste, pues entonces el trámite es mandar dar vista al Ministerio Público, por veinticuatro horas, para una vez recogida su opinión, resolver lo conducente. Ahora bien, si el acto reclamado consiste en la sentencia definitiva dictada en el juicio de divorcio promovido por la parte quejosa, no puede decirse que dicho acto afecte sólo los derechos patrimoniales de la parte promovente, ya que el juicio de divorcio es, por su naturaleza, de orden e interés públicos, pues en él es oído en todas sus instancias el Ministerio Público, representante de la sociedad; de lo que se deduce que el Juez de Distrito no puede tener por no interpuesta la demanda de amparo, sin cumplir con los dispuesto por el último párrafo del artículo 146 citado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 690/44. Montelongo de Domínguez Florencia. 10 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.