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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5666
SENTENCIAS DE PRIMERA INSTANCIA, CONFIRMACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5666
La confirmación de las sentencias de primera instancia, sólo significa que quedan en pié sus puntos resolutivos, puesto que bien puede la autoridad de segundo grado llegar a la misma conclusión que el inferior, respecto de las cuestiones debatidas, aun cuando por razones distintas.
Precedentes
Amparo civil directo 7423/41. Ramírez Wiella José. 17 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.