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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5852
CONFESION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 5852
La prueba de posiciones tiene por objeto obtener la confesión de hechos, principalmente los fundatorios de la acción; pero no la conformidad o inconformidad con el derecho de la parte actora, que si ha negado al contestarse la demanda, y esa negativa persiste a través de la actitud de oposición adoptada por el demandado, debe ser definido por el juzgador, en la sentencia definitiva.
Precedentes
Amparo civil directo 3634/41. Rivera Aljama Luis. 20 de marzo de 1944. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.