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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350543
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6114
FORMA DE JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6114
Aun suponiendo que el demandado tuviera el carácter de comerciante, esto no obliga al actor a seguir la vía mercantil, ya que en beneficio de aquél, pudo seguir la vía civil en la que gozaría de mayor amplitud de defensa, por lo que no puede decirse que esto le haya causado un perjuicio reclamable en el amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 10313/42. Smoot Edgar K. 24 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.