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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350544
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6114
FERROCARRILES NACIONALES, NATURALEZA JURIDICA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6114
No tienen el carácter de comerciantes, porque no reúnen los requisitos exigidos por el artículo 3o. del Código de Comercio, ya que constituyen una institución de Estado, cuyos actos se ejecutan en funciones de un servicio público. Los ferrocarriles que pertenecen al Gobierno Federal, constituyen una institución descentralizada que se rige por estatutos especiales que la diferencian de las otras actividades de las diversas dependencias de dicho gobierno.
Precedentes
Amparo civil directo 10313/42. Smoot Edgar K. 24 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.