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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350556
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6223
APREMIO, MEDIDAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6223
Es improcedente conceder la suspensión contra las medidas de apremio, toda vez que tienen por objeto evitar que se alarguen indefinidamente los litigios, cumpliéndose desde luego las resoluciones que han causado ejecutoria.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 10132/43. García C. Juan. 25 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.