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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350559
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6269
DIVORCIO, TESTIGOS EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIX; Pág. 6269
Aunque en los juicios de divorcio es admisible el testimonio de parientes y servidores, su dicho debe ser aceptado con circunspección, tanto más grande, si se trata del padre de la esposa ofendida, porque es natural presumir su parcialidad frente a una cuestión que interesa vivamente a la hija, y esta sospecha de parcialidad es de tomarse en cuenta, tanto en el juicio de divorcio como en cualquiera otro negocio judicial, puesto que atenúa la fuerza de su testimonio, y por lo mismo, si el juzgador dice que el vínculo de consanguinidad que lo liga con la autora, hace que su adecuación para testificar esté fuera de toda crítica, esta apreciación genérica está lejos de conformarse con la sana razón, con el común proceder humano, con la prudencia que el texto legal precisa como límite del arbitrio del sentenciador.
Precedentes
Amparo civil directo 9833/42. Mehl David W. 27 de marzo de 1944. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Emilio Pardo Aspe.