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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350609
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 973
PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO, ANUNCIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 973
Esas pruebas deben anunciarse cinco días antes del señalado para la audiencia constitucional, días que deben ser hábiles, naturales y completos, sin incluir en ellos el día de la presentación del escrito respectivo, ni aquél en que deba celebrarse la audiencia.
Precedentes
Tomo LXXVIII, página 5345. Indice Alfabético. Queja 8/43. Jaso viuda de De la Mora Amelia. 17 de noviembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. Ponente: Gabino Fraga.
Tomo LXXVIII, página 973. Queja en amparo civil 512/43. Gómez Armijo Luis. 13 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.