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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350658
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2276
REGISTRO PUBLICO, INSCRIPCIONES EN EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2276
Si se solicita la suspensión contra la resolución que manda reinscribir un gravamen y está demostrado que tal reinscripción está viva desde antes, el acuerdo en nada afecta al interesado y por lo mismo no se satisface el requisito de la fracción III del artículo 124 de la Ley de Amparo, para conceder la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8619/42. O'Reilly y Llano María Guadalupe y coags. 30 de octubre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.