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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350677
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2751
RESPONSABILIDAD CIVIL POR MUERTE, PRUEBA DE LA DEPENDENCIA ECONOMICA, PARA ACREDITAR EL DERECHO AL PAGO DE LA INDEMNIZACION CORRESPONDIENTE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 2751
Las declaraciones de los testigos presentados en el juicio sobre responsabilidad civil por muerte, en el sentido de que les consta que la persona fallecida, envió a la parte actora, en dos ocasiones, algunas cantidades de dinero, no son bastantes para tener por acreditada la dependencia económica, elemento necesario para la procedencia de la acción, pues bien pudieron haber sido enviadas esas cantidades, para objeto distinto del sostenimiento de la actora.
Precedentes
Amparo civil directo 2965/42. Díaz María Gudelia. 9 de noviembre de 1943. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.