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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4085
ACTOS PROHIBITIVOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVIII; Pág. 4085
Estos actos son susceptibles de suspensión, porque si un acuerdo impide el ejercicio de derechos legalmente reconocidos, o coarta la libertad de acción del quejoso, la suspensión procede, para mantener la situación que existía antes de que se dictara o ejecutara el acto que se reclama como violatorio de garantías, sin que esto implique dar a la suspensión efectos restitutorios, sino sólo impedir que surta efectos la orden prohibitiva.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7671/43. Martínez Rafael D. 29 de noviembre de 1943. Mayoría de tres votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.