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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350759
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 453
DEPOSITARIO JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 453
Si en juicio diverso se manda embargar la finca entregada en depósito al quejoso en amparo, y entrega la posesión de la misma, a otra persona, como este acto afecta los intereses de la representación del depositario, procede concederle la suspensión que pida, pues de lo contrario, se pueden causar a la representación que tiene, perjuicios difícilmente reparables, pero otorgándole la suspensión previa fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 2172/43. Montes Jesús. 3 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.