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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 720
AMPARO PEDIDO POR TERCEROS EXTRAÑOS AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 720
Si está comprobado que el quejoso aparece como vendedor del predio objeto del litigio y en tal carácter estaba obligado a hacer la entrega del mismo, así como a todas sus consecuencias, en caso de no cumplir su obligación, es indudable que el auto por el que se desconocen los derechos del comprador sobre dicho predio, le causa perjuicio al quejoso y no puede desconocerse su derecho para ocurrir al amparo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8813/40. González Hernández de Ortiz María de Jesús y coagraviado. 6 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.