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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350786
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1332
DOCUMENTOS REGISTRADOS, IMPUGNACION DE LOS (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1332
Es cierto que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2985 del Código Civil del Estado de Coahuila, los documentos registrados producen efectos contra tercero; pero de esa disposición legal no se sigue que tales documentos no puedan ser impugnados en juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 7882/41. Blázquez Garza Raúl y coagraviados. 12 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena Ramírez, no intervino en este negocio por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.