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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350809
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1928
CONFESION, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCION QUE PRODUCE EL EFECTO DE QUE NO SE RECIBA LA PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 1928
Si el amparo se promueve contra la resolución que declara infundada la queja en contra de la revocación del auto que admitió la prueba confesional, debe negarse la suspensión que en el caso se solicita, ya que la misma tendría el efecto de paralizar el juicio mientras se decide en el amparo, si estuvo, o no, bien dictada la resolución que revocó el acuerdo en que se mandaba recibir dicha prueba, lo cual es indebido, de acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Suprema Corte, y, además, el acto reclamado no puede causar al quejoso un perjuicio de difícil reparación, ya que la negativa a recibir esta prueba, se calificará como violación procesal, llegado el caso en que sea necesario ocurrir al amparo directo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4088/43. "Emilio Tiffaine", sucesores. 19 de julio de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.