Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/350891
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
350891
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4410

NACIONALIZACION, PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 4410

Precedentes

Tomo LXXVII, página 7514. Indice Alfabético. Amparo directo 13283/32. Sánchez Domingo. 20 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. Relator: Felipe de J. Tena. Tomo LXXVII, página 4410. Amparo civil directo 1245/42. Breña E. de Kuri Juana. 18 de agosto de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.
Registro digital (IUS): 350891