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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350955
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5927
DEPOSITO, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LAS MEDIDAS DE APREMIO PARA EXIGIR LA ENTREGA DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 5927
No puede decirse que exista interés general en que el quejoso no acate la resolución judicial que le ordena entregar unas cantidades que cobró y que conserva como depositario, sólo porque existía una resolución judicial que lo autorizó a cobrarlas y a retenerlas en depósito, ya que la misma razón que invoca, existe para devolverlas, en virtud de que también por una resolución judicial se le ordena hacer la entrega, y en igual sentido se afectaría el interés general, si se le concediera la suspensión en cuanto a las medidas de apremio empleadas para obligarlo a que cumpla con la resolución del Juez responsable, pues es indudable que la sociedad está hondamente interesada en que se acaten pronta y debidamente los fallos que han causado estado, poniendo fin a los litigios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5517/43. Mata Higinio. 4 de septiembre de 1943. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.