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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 350982
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6622
TESTAMENTOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES CONTENIDAS EN LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 6622
Aunque el testamento no constituye una prueba plena de la veracidad de lo declarado por el testador, debe decirse que si éste declaró ante notario, que determinada persona era su hijo legítimo, esta declaración engendra una vehemente presunción de veracidad, por implicar el reconocimiento del padre en favor del hijo, y de los derechos de éste respecto de aquél, lo que elimina la menor sospecha de interés por parte del testador; y esa presunción se corrobora con la prueba testimonial ofrecida para demostrar la posesión de estado de hijo legítimo.
Precedentes
Amparo civil directo 3492/41. Carbajal Miguel W., sucesión de. 22 de septiembre de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.