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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351018
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7375
DESISTIMIENTO DE LA ACCION (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 7375
Conforme al artículo 34 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Hidalgo, el desistimiento de la acción extingue ésta aun sin consentimiento del reo, y en todos los casos produce el efecto de que las cosas vuelvan al estado que tenían, antes de la presentación de la demanda, sin que puedan ya derivarse derechos de las actuaciones concluidas, por terceros que no intervinieron en ellas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1683/42. Muñoz Manuel. 29 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.