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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351033
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 518
AMPARO CIVIL. DEFICIENCIAS DE LA DEMANDA DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 518
La demanda de amparo cumple los requisitos legales, cuando en ella se expresan claramente los conceptos de violación, aunque no se citen las leyes de procediminto y de fondo que se estimen infringidas, como sucede en el caso de que el quejoso manifieste que en tanto que él rindió pruebas de su acción, el demandado no rindió ninguna para justificar sus defensas y que a pesar de ello, éste resultó absuelto.
Precedentes
Amparo civil directo 3844/40. Santibañez Joaquín. 6 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.