Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/351041
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 694
COPROPIEDAD, CARACTER INDIVISIBLE DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 694
La copropiedad y la coposesión sobre determinados bienes, mientras existan legalmente, no pueden dividirse sin un previo procedimiento ante las autoridades del fuero común; de tal manera que los actos que ejerza uno solo de los copropietarios, tienen que afectar al todo, sin que sea lícito que solamente puedan amparar la parte alícuota que aquél represente.
Precedentes
Amparo civil directo 5581/41. García y García Valeriano.- 7 de abril de 1943.- Mayoría de cuatro votos. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.