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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351067
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1691
PRUEBAS NO RECIBIDAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1691
La falta de recepción de pruebas ofrecidas por el quejoso, ante el Juez de Distrito, no puede repararse por medio del recurso de queja, y si con los documentos que se presente, el recurrente no demuestra el interés jurídico que tiene para que se le conceda la suspensión, puesto que se ostenta como extraño al procedimiento, y dichos documentos no prueban su posesión, es incuestionable que la negativa de la suspensión debe confirmarse.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1623/43. Mejía Valdés Hermenegildo.- 17 de abril de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.