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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1885
PACTO DE RETROVENTA (LEGISLACION DEL ESTADO DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 1885
Si bien es cierto que en el número 31, de fecha 16 de abril de 1917, tomo XLII, del Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, se publicó el Decreto del Primer Jefe del Ejercito Constitucionalista, de 2 de abril de 1917, que prohibió el pacto de retroventa, sobre el bien objeto de compraventa entre los contratantes, también lo es que esa publicación se debió a un acto singular del Ejecutivo. Además, debe advertirse que el Estado de Tamaulipas, encausó su vida constitucional a partir del día 5 de febrero de 1921, y su Constitución Política fué publicada en el Periódico Oficial de aquel Estado, concediendo el Poder Ejecutivo la facultad de promulgar y publicar las leyes cuya elaboración reside en el Congreso, y el decreto de que se trata, no fue ratificado por el Poder Legislativo del Estado, por lo que no puede aceptarse que se encuentre en vigor en la mencionada entidad.
Precedentes
Amparo civil directo 3516/39. Mireles Bruno.- 20 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.