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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2535
LANZAMIENTO, NOTIFICACION EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 2535
El domicilio legal del demandado en un juicio de lanzamiento, es la casa de cuya desocupación se trata, y tratándose de la mujer casada, su domicilio es donde vive su marido, por lo que la notificación hecha a éste, en la casa objeto de la desocupación, debe considerarse legal y que afecta también a la mujer, ya que, para que dejaran de operar dichas presunciones, sería necesario que se demostrara que los esposos se hallan separados legalmente y que la esposa tiene algún derecho a la posesión de la casa, pues, en caso contrario, debe negarse el amparo que por tal motivo se solicite.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2915/40. Teja de Cristo Carmen de la. 30 de abril de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.