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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351133
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3565
SINDICOS, INSUBSISTENCIA DEL NOMBRAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3565
La declaración de insubsistencia del nombramiento de síndico, porque al hacerse éste, no hubiera tenido intervención uno de los acreedores de la liquidación judicial respectiva, no significa que quede sin efecto, todo lo hecho por el síndico, sino que éste cesa en sus funciones, por no subsistir ya su designación, pero teniendo derecho a los honorarios que legalmente le correspondan por los actos que haya ejecutado en cumplimiento de su obligación de síndico.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5081/42. Velázquez A'Larruz Gustavo.- 13 de mayo de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena no votó por las razones que constan en el acta. La publicación no menciona el nombre del ponente.